No será de aplicación para los empleados públicos la sentencia del Constitucional que avala el uso de cámaras sin consentimiento en una empresa privada para comprobar malas prácticas.
El Tribunal Constitucional acaba de avalar el uso de cámaras en el puesto de trabajo, sin consentimiento del empleado, para comprobar el cumplimento del contrato. Pero esta sentencia no podrá ser aplicada a los funcionarios. La Agencia de Protección de Datos y el nuevo protocolo contra agresiones ‘blindan’ a los empleados públicos.
Fuente: El Confidencial Digital/Belt Ibérica
- blog de Pedro De la Hoz Águeda
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