El 12 de diciembre de 2018 finalizó el plazo de adaptación para las empresas de los requisitos que dejó fijados el RIPCI, Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (R.D. 513/2017).

Entre los requisitos abordados se encuentran los de cualificación del personal y certificación de estos, de los trabajos realizados, del proceso de calidad, etc.

Sin duda y teniendo sus singularidades y diferencias con las actividades Técnicas de Seguridad Privada, caben similitudes y aspectos a tener en consideración y que bien pudieran ser tenidos en cuenta en el proceso de nueva reglamentación en el que nos encontramos inmersos.

Para saber más, accede aquí al artículo de Cuadernos de Seguridad, sobre la entrada en vigor de aspectos del RIPCI.